Ley [LOAM]

Articulo 79

Ley Orgánica De La Armada De México

Artículo 79. Los grados de la escala jerárquica del personal naval tienen por objeto el ejercicio de la autoridad, otorgando a su titular los derechos, obligaciones y deberes inherentes a la situación en que se encuentre, establecidos en las leyes y reglamentos respectivos.

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