Ley [LOAM]
Articulo 80
Ley Orgánica De La Armada De México
Artículo 80. El personal, por su grado, se agrupará en las categorías siguientes:
- Almirantes;
- Capitanes;
- Oficiales;
- Cadetes y Alumnado;
- Clases, y
- Marinería.
Ley [LOAM]
Ley Orgánica De La Armada De México
Artículo 80. El personal, por su grado, se agrupará en las categorías siguientes: