Ley [CFF]

Articulo 182

Código Fiscal De La Federación

Artículo 182 .- El documento digital en que se haga la postura, deberá contener los siguientes datos:

  1. Cuando se trate de personas físicas, el nombre, la nacionalidad y el domicilio del postor y, en su caso, la clave del registro federal de contribuyentes; tratándose de sociedades, el nombre o razón social, la fecha de , la clave del registro federal de contribuyentes en su caso y el domicilio social.
  2. La cantidad que se ofrezca.
  3. El número de cuenta bancaria del postor y nombre de la institución de crédito en la que se reintegrarán, en su caso, las cantidades que se hubieran transferido.

    Fracción reformada DOF

  4. La dirección de correo electrónico y el domicilio para oír y recibir notificaciones.
  5. El monto y número de la transferencia electrónica de fondos que haya realizado.
Si las posturas no cumplen los requisitos a que se refieren las fracciones anteriores y los que se señalen en la convocatoria, el Servicio de Administración Tributaria no las calificará como posturas legales, situación que se hará del conocimiento del interesado.
Citado por 0 leyes