Ley [CFF]

Articulo 86-e

Código Fiscal De La Federación

Artículo 86-e .- Son infracciones de los fabricantes, productores o envasadores de bebidas alcohólicas fermentadas, cerveza, bebidas refrescantes y de tabacos labrados, según corresponda, no llevar el control físico a que se refiere el artículo , fracción X de la o llevarlo en forma distinta a lo que establece dicha fracción.

Asimismo, son infracciones de los productores o envasadores de bebidas alcohólicas, no llevar los controles físico o volumétrico a que se refieren las fracciones X y XVI del artículo de la o llevarlos en forma distinta a lo que establecen dichas fracciones.

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