Artículo 57.- Tratándose de zoonosis, la Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Salud, establecerá las campañas zoosanitarias y sanitarias correspondientes.
Artículo 57.- Tratándose de zoonosis, la Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Salud, establecerá las campañas zoosanitarias y sanitarias correspondientes.