sexto..- La tendrá un plazo de doce meses, contados a partir de la entrada en vigor de , para elaborar, proponer y publicar en el , el marco normativo general en materia de buenas prácticas pecuarias de los bienes de origen animal. Asimismo la Secretaría tendrá un plazo de doce meses contados a partir de la publicación de para expedir el o los Reglamentos que se deriven de la , en coordinación con la de acuerdo al ámbito de competencia de cada Secretaría, cuando se trate del procesamiento en Establecimientos Tipo Inspección Federal.