Ley [LNSIJPA]

Articulo 140

Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes

Transcurrido el plazo previsto para que la defensa conteste la acusación, el Juez de Control señalará fecha para que se lleve a cabo la audiencia intermedia, la cual deberá tener lugar en un plazo que no podrá ser menor a tres ni exceder de cinco días.

Citado por 0 leyes