Ley [LNSIJPA]
Articulo 210
Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes
LIBRO Cuarto TÍTULO Ii CAPÍTULO III
Artículo 210. Controversias
Los Jueces de Ejecución conocerán, además de lo establecido en , de las controversias relacionadas con:
- Las condiciones de internamiento y cuestiones relacionadas con las mismas;
- Las condiciones y cuestiones relacionadas con la ejecución de medidas no privativas de libertad que afecten derechos fundamentales, y
- La duración, modificación, sustitución y extinción de la medida de sanción.