Ley [LNSIJPA]
Articulo 254
Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes
LIBRO Quinto TÍTULO I CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 254. De seguridad pública
Las políticas públicas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia para personas adolescentes, no podrán sustentarse de manera exclusiva en acciones de seguridad pública.