Ley [LNSIJPA]

Articulo 262

Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes

LIBRO Quinto TÍTULO Ii CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 262. De la relevancia de las personas adolescentes en la sociedad

La función socializadora de personas adolescentes corresponde, principalmente, tanto a las familias, como a las familias extensas. Los sujetos obligados, por , deben visibilizar la relevancia de las personas adolescentes en la sociedad, el respeto a sus derechos humanos, a su participación en la toma de decisiones en los ámbitos de su competencia, de su derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida familiar, comunitaria, social, escolar, científica, cultural, deportiva y recreativa; así como en la incorporación progresiva a la ciudadanía.

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