Ley [LNSIJPA]
Articulo 262
Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes
LIBRO Quinto TÍTULO Ii CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 262. De la relevancia de las personas adolescentes en la sociedad
La función socializadora de personas adolescentes corresponde, principalmente, tanto a las familias, como a las familias extensas. Los sujetos obligados, por , deben visibilizar la relevancia de las personas adolescentes en la sociedad, el respeto a sus derechos humanos, a su participación en la toma de decisiones en los ámbitos de su competencia, de su derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida familiar, comunitaria, social, escolar, científica, cultural, deportiva y recreativa; así como en la incorporación progresiva a la ciudadanía.