Ley [LNSIJPA]

Articulo 93

Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes

Los acuerdos alcanzados a través de los mecanismos establecidos en este Título, se tramitarán conforme a lo establecido en el Título siguiente, ya sea como acuerdos reparatorios o como propuesta del plan de reparación y sugerencias de condiciones por cumplir para la suspensión condicional del proceso.

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