Ley [LNSIJPA]
Articulo segundo
Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes
segundo.. Abrogación
Se abroga la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1991 y sus posteriores reformas.
Se abrogan también las leyes respectivas de las entidades federativas vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto, para efectos de su aplicación en los procedimientos penales para adolescentes iniciados por hechos que ocurran a partir de la entrada en vigor de la .