Ley [LGTOC]
Articulo 127
Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito
Artículo 127.- La letra debe ser presentada para su pago el día de su vencimiento, observándose en su caso lo prescrito por el artículo .
Ley [LGTOC]
Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito
Artículo 127.- La letra debe ser presentada para su pago el día de su vencimiento, observándose en su caso lo prescrito por el artículo .