Ley [LGTOC]

Articulo 284

Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito

Artículo 284.- En el caso de depósito de bienes o mercancías genéricamente designados, los Almacenes están obligados a tomar seguro contra incendio sobre los bienes o mercancías depositados por su valor corriente en el mercado en la fecha de de depósito.

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