Ley [LGTOC]

Articulo 389

Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito

Artículo 389. El fideicomiso cuyo objeto recaiga en bienes muebles, surtirá efectos contra tercero desde la fecha de su inscripción en la Sección Única del Registro Único de Garantías Mobiliarias del Registro Público de Comercio.

Párrafo reformado DOF

  1. (Se deroga).

    Fracción derogada DOF

  2. (Se deroga).

    Fracción derogada DOF

  3. (Se deroga).

    Fe de erratas a la fracción DOF . Derogada DOF

    Artículo recorrido (antes artículo 354) DOF

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