Ley [LGTOC]
Articulo 3o
Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito
Artículo 3o.- Todos los que tengan capacidad legal para contratar, conforme a las Leyes que menciona el artículo anterior, podrán efectuar las operaciones a que se refiere , salvo aquellas que requieran concesión o autorización especial.
Fe de erratas al artículo DOF