Ley [LGTOC]
Articulo 395
Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito
Artículo 395.- Sólo podrán actuar como fiduciarias de los fideicomisos que tengan como fin garantizar al fideicomisario el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago, previstos en esta Sección Segunda, las instituciones y sociedades siguientes:
- Instituciones de crédito;
- Instituciones de seguros;
- Instituciones de fianzas;
- Casas de bolsa;
- Sociedades Financieras de Objeto Múltiple que cuenten con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros;
Fracción reformada DOF , ,
- Almacenes generales de depósito;
Fracción reformada DOF ,
- Uniones de crédito, y
Fracción adicionada DOF . Reformada DOF
- Sociedades operadoras de fondos de inversión que cumplan con los requisitos previstos por la .
Fracción adicionada DOF
- VIIIas instituciones fiduciarias a que se refieren las fracciones II a IV y VI de este artículo, se sujetarán a lo que dispone el artículo de la .
Párrafo reformado DOF
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF
Referenciado por otras leyes
3 referencias directas
2 leyes citan este artículo en 3 párrafos detectados.
Ley De Instituciones De Crédito (LIC) · 2
Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito (LGOAAC) · 1
Ley De Instituciones De Crédito
[LIC]
Artículo 85 bis
· referencia 1006
Artículo 85 Bis.- Para poder actuar como fiduciarias de los fideicomisos de garantía, las instituciones a que se refieren las fracciones II, III, IV y VI del artículo 395 de la Ley General de Títulos y Operaciones de...
Ley De Instituciones De Crédito
[LIC]
Artículo 85 bis
· referencia 1007
Las sociedades a que se refieren las fracciones II, III, IV y VI del artículo 395 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito deberán administrar las operaciones de fideicomiso objeto de dicho artículo en...
Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito
[LGOAAC]
Artículo 87-ñ
· referencia 900
Artículo 87-Ñ.- Las sociedades financieras de objeto múltiple quedarán sujetas, en lo que respecta a las operaciones de fideicomiso de garantía que administren de acuerdo con la Sección II del Capítulo V del Título II...
Se muestran 1-3 de 3 referencias directas.