Ley [Reg_Diputados]
Articulo 119
Reglamento De La Cámara De Diputados
- La moción de rectificación de trámite procede para que alguna diputada o diputado solicite la ampliación del turno para que un asunto sea del conocimiento de otra comisión distinta a la originalmente considerada por el Presidente, sólo para efecto de que emita opinión.
- La diputada o el diputado que desee hacer la moción deberá solicitar la palabra, desde su curul, para señalarla brevemente; si el Presidente la acepta, rectificará el turno.