Ley [Reg_Diputados]
Artículo 234 de Reglamento De La Cámara De Diputados
Texto íntegro, referencias y ley completa.
- 1Para la sustanciación de la facultad señalada en el inciso a), de la fracción II, del artículo de la , en materia de acciones de inconstitucionalidad, se seguirá el procedimiento previsto en la ley de la materia.