Ley [Reg_Diputados]
Articulo 130
Reglamento De La Cámara De Diputados
- Para la formulación de la pregunta parlamentaria en el Pleno, los diputados y diputadas formularán sus propuestas ante sus respectivos grupos.
El mismo derecho de formulación (sic DOF 18-12-2015) la pregunta parlamentaria la tendrán los diputados independientes.
Párrafo adicionado DOF
- Las áreas temáticas de referencia de las preguntas serán política interior, política exterior, política social y política económica.
- La redacción de la propuesta de pregunta deberá ser concisa y referirse a un solo tema de interés general para permitir una respuesta directa.
- Las propuestas que sean de interés personal de quien las formula y las preguntas múltiples, no serán admitidas.
- La Junta recibirá las propuestas de los grupos y las realizadas por los diputados independientes, revisará que reúnan los elementos establecidos en este precepto y en un lapso no mayor a diez días, hará la propuesta de acuerdo en donde establezca:
Párrafo reformado DOF
- Número total de preguntas,
- Número de preguntas que corresponde a cada Grupo atendiendo al criterio de proporcionalidad, y
- Texto de las preguntas admitidas.
- La Junta remitirá el acuerdo a la Mesa Directiva para que se incluya en el orden del día de la Sesión más próxima para su aprobación.
- Aprobado el acuerdo, el Presidente hará llegar al funcionario las preguntas.
- Los funcionarios cuestionados deberán responder en un lapso de quince días, contados a partir de la recepción de las preguntas.