Ley [Reg_Diputados]
Articulo 151
Reglamento De La Cámara De Diputados
- Serán atribuciones de la Secretaría de la Junta Directiva:
- Asistir al Presidente de la Junta Directiva en todo lo relacionado con la preparación y conducción de las reuniones de la comisión o comité;
- Convocar a Reunión en caso que el Presidente de la Junta Directiva no lo realice, transcurrido el término legal y reglamentario para ello;
Fracción reformada DOF
- Sustituir al Presidente de la Junta Directiva en las reuniones, en caso de ausencia;
- Comprobar el quórum de las reuniones, someter a votación los asuntos que instruya el Presidente de la Junta Directiva, hacer el cómputo relativo y llevar el registro de los acuerdos que se tomen en ellas;
- Hacer las propuestas de las actas de las reuniones;
- Firmar las actas aprobadas;
- Llevar el cómputo de los plazos para dictamen de cada iniciativa, minuta y proposición con punto de acuerdo turnada a su comisión y rendir un informe mensual a la Conferencia y solicitar al Presidente de la Junta Directiva su publicación en el sitio de Internet de la comisión;
Fracción reformada DOF
- Proponer al Presidente de la comisión o comité el nombramiento de sus asesores, quienes deberán reunir el perfil del conocimiento requerido para cada tema, y podrán ser del servicio de carrera, de base o externo;
- Remitir las versiones estenográficas de las reuniones en que se discutan predictámenes, al Archivo General, así como a la Biblioteca de la Cámara, especificando las que revistan el carácter de reservadas o confidenciales, de conformidad con la normatividad aplicable, y
Fracción reformada DOF
- Aquellas que le sean encomendadas por el Presidente de la Junta Directiva.
- Serán tareas y atribuciones del Secretario Técnico:
- l. Coordinar los trabajos de la comisión o comité, bajo la dirección del Presidente de la Junta Directiva;
- ll. Desarrollar el análisis y las investigaciones correspondientes para el desahogo de los asuntos turnados a la comisión o comité;
- lll. Elaborar las actas de las reuniones;
- lV. Llevar el registro de los integrantes y del estado que guarden los asuntos turnados a la comisión o comité;
- Asistir a la Junta Directiva de la comisión o comité en la planeación y organización de sus actividades, así como formular las convocatorias de las reuniones, órdenes del día, informes, memorias y publicaciones;
- l. Llevar el archivo de la comisión, con el apoyo y articulación de los servicios a la sesión, a las comisiones y el archivo;
- ll. Dirigir los trabajos de los asesores y del personal administrativo de apoyo a la Junta Directiva, y
- lll. Atender y dar cumplimiento a los acuerdos de la Junta Directiva y del pleno de las comisiones y comités.
Numeral con fracciones adicionado DOF