Ley [Reg_Diputados]
Articulo 156
Reglamento De La Cámara De Diputados
- Toda convocatoria deberá contener:
- Nombre de la comisión o comité convocante;
- Fecha, hora y lugar de la Reunión;
- Tipo de Reunión ya sea ordinaria, extraordinaria, de comisiones unidas o de conferencia;
- El Orden del día de la Reunión que deberá contener básicamente:
- Registro de asistencia y declaración de quórum;
- Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del día;
- Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la Reunión anterior;
- Asuntos específicos a tratar,
- Asuntos generales, y
- Clausura y convocatoria a la siguiente Reunión.
- Fecha en que se emite, y
- Rúbrica del Presidente de la Junta Directiva o de la mayoría de los secretarios.