Ley [Reg_Diputados]

Articulo 156

Reglamento De La Cámara De Diputados

  1. Toda convocatoria deberá contener:
    1. Nombre de la comisión o comité convocante;
    2. Fecha, hora y lugar de la Reunión;
    3. Tipo de Reunión ya sea ordinaria, extraordinaria, de comisiones unidas o de conferencia;
    4. El Orden del día de la Reunión que deberá contener básicamente:
      1. Registro de asistencia y declaración de quórum;
      2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del día;
      3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la Reunión anterior;
      4. Asuntos específicos a tratar,
      5. Asuntos generales, y
      6. Clausura y convocatoria a la siguiente Reunión.
    5. Fecha en que se emite, y
    6. Rúbrica del Presidente de la Junta Directiva o de la mayoría de los secretarios.
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