Ley [Reg_Diputados]

Articulo 234

Reglamento De La Cámara De Diputados

    1Para la sustanciación de la facultad señalada en el inciso a), de la fracción II, del artículo de la , en materia de acciones de inconstitucionalidad, se seguirá el procedimiento previsto en la ley de la materia.
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