Ley [Reg_Diputados]

Articulo 26

Reglamento De La Cámara De Diputados

  1. La Junta garantizará que todas las comisiones ordinarias y comités de la Cámara tengan un lugar dentro del Recinto. Para el desarrollo de las reuniones, todos los órganos legislativos contarán con los espacios adecuados.
  2. Deberá existir un espacio destinado a la atención de la demanda ciudadana.
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