Ley [Reg_Diputados]
Articulo 284 bis
Reglamento De La Cámara De Diputados
- 1La Cámara de Diputados contará con un Sistema de Evaluación de Diputados que tendrá como objeto, valorar el desempeño del trabajo legislativo de todas las diputadas y los diputados integrantes de la legislatura.
Artículo adicionado DOF