Ley [Reg_Diputados]

Articulo 284 bis

Reglamento De La Cámara De Diputados

    1La Cámara de Diputados contará con un Sistema de Evaluación de Diputados que tendrá como objeto, valorar el desempeño del trabajo legislativo de todas las diputadas y los diputados integrantes de la legislatura.

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