Ley [Reg_Diputados]
Articulo 284 quinquies
Reglamento De La Cámara De Diputados
- 1El Sistema de Evaluación de Diputados se implementará a través de un Consejo Coordinador que fungirá como órgano colegiado institucional y de participación ciudadana de carácter consultivo, informativo y de colaboración en materia de evaluación legislativa de los diputados y sus decisiones se aprobarán por consenso.
Artículo adicionado DOF