Ley [Reg_Diputados]
Articulo 293
Reglamento De La Cámara De Diputados
- 1La Presidencia de la Mesa Directiva, atendiendo a lo establecido en el calendario de sesiones que emita la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, podrá convocar a sesiones semipresenciales del Pleno, con la finalidad de desahogar los asuntos enlistados en el Orden del día de las mismas.
Artículo adicionado DOF