Ley [Reg_Diputados]

Articulo 294

Reglamento De La Cámara De Diputados

    1En el Orden del día de las sesiones, publicado en la Gaceta Parlamentaria, se encontrará el enlace para el ingreso de las diputadas y los diputados a la Plataforma Digital de videoconferencia para que participen de manera telemática. La contraseña de acceso respectiva será remitida mediante correos institucionales o la aplicación móvil que acuerden los órganos de gobierno.

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