Ley [Reg_Diputados]
Articulo 304
Reglamento De La Cámara De Diputados
- En las sesiones semipresenciales las votaciones serán económicas y nominales.
- Se votarán de manera económica los asuntos de trámite que establece el Reglamento, así como los acuerdos de los órganos de gobierno, salvo aquellos que se establezcan en votación nominal.
- Se votarán de manera nominal los proyectos de ley o decreto.
Artículo adicionado DOF