Ley [Reg_Diputados]

Articulo 311

Reglamento De La Cámara De Diputados

  1. La Secretaría General, en auxilio a la Mesa Directiva, brindará el apoyo técnico a través de las áreas competentes en materia de informática. Asimismo, generará las claves de acceso correspondientes para las diputadas y los diputados mismas que se les proporcionarán el día previo a cada sesión. De igual forma, proporcionará las claves de acceso al personal técnico-informático encargado de la transmisión de la sesión y demás que sea necesario para el correcto funcionamiento y operación de la Plataforma Digital empleada.
  2. Se implementará la utilización de una Firma Electrónica, para que las diputadas y los diputados que concurran de manera telemática signen los dictámenes y acuerdos de órganos de gobierno correspondientes.

    Artículo adicionado DOF

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