Ley [Reg_Diputados]
Articulo 48
Reglamento De La Cámara De Diputados
- Las inasistencias de las diputadas o de los diputados a las sesiones del Pleno podrán justificarse por las siguientes causas:
- Enfermedad u otros motivos de salud,
- Gestación, maternidad, y paternidad, y
Fracción reformada DOF
- El cumplimiento de encomiendas autorizadas por el Pleno, la Junta, la Mesa Directiva, el Coordinador o alguna comisión a la que pertenezca.
- Las solicitudes de justificación deberán presentarse ante la Mesa Directiva debidamente fundadas y contar con el visto bueno del Coordinador o representante autorizado.
- Por ningún motivo se podrán justificar las inasistencias cuando se trate de asuntos de carácter personal, que no estén expresamente autorizadas por la Mesa Directiva.