Ley [LFDA]

Articulo 190

Ley Federal Del Derecho De Autor

Artículo 190.- La vigencia del certificado de la reserva de derechos será de cinco años contados a partir de la fecha de su expedición cuando se otorgue a:

  1. Nombres y características físicas y psicológicas distintivas de personajes, tanto humanos de caracterización como ficticios o simbólicos;
  2. Nombres o denominaciones de personas o grupos dedicados a actividades artísticas, o
  3. Denominaciones y características de operación originales de promociones publicitarias.
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