Ley [LFDA]

Articulo 52

Ley Federal Del Derecho De Autor

Artículo 52.- Son obligaciones del autor o del titular del derecho patrimonial:

  1. Entregar al editor la obra en los términos y condiciones contenidos en el contrato, y
  2. Responder ante el editor de la autoría y originalidad de la obra, así como del ejercicio pacífico de los derechos que le hubiera transmitido.
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