Ley [CMPP]
Articulo 320
Código Militar De Procedimientos Penales
Artículo 320. Consecuencias de la conclusión del plazo de la investigación complementaria
Una vez cerrada la investigación complementaria, el Ministerio Público, dentro de los quince días siguientes deberá:
- Solicitar el sobreseimiento parcial o total.
- Solicitar la suspensión del proceso.
- Formular acusación.