Ley [CMPP]

Articulo 412

Código Militar De Procedimientos Penales

LIBRO Segundo TÍTULO Ix CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 412. Identificación de los supuestos de inimputabilidad

Si el imputado ha sido vinculado a proceso y se estima que está en una situación de inimputabilidad, las partes podrán solicitar al Juez de control que se lleven a cabo los peritajes necesarios para determinar si se acredita tal extremo, así como si la inimputabilidad que presente pudo ser propiciada o no por la persona.

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