Ley [CMPP]

Articulo 446

Código Militar De Procedimientos Penales

LIBRO Segundo TÍTULO Xi CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 446. Causas de extinción de la acción penal

La pretensión punitiva y la potestad para ejecutar las penas y medidas de seguridad se extinguirán por las siguientes causas:

  1. Cumplimiento de la pena o medida de seguridad;
  2. Muerte del acusado o sentenciado;
  3. Reconocimiento de inocencia del sentenciado o anulación de la sentencia;
  4. Perdón de la persona ofendida en los delitos de querella o por cualquier otro acto equivalente;
  5. Indulto;
  6. Amnistía;
  7. Prescripción;
  8. Supresión del tipo penal;
  9. Existencia de una sentencia anterior dictada en proceso instaurado por los mismos hechos;
  10. El cumplimiento del criterio de oportunidad o la solución alterna correspondiente.
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