Ley [CMPP]
Articulo 5
Código Militar De Procedimientos Penales
LIBRO Primero TÍTULO Ii CAPÍTULO I
Artículo 5. Principio de publicidad
Las audiencias serán públicas, con el fin de que a ellas accedan no sólo las partes que intervienen en el procedimiento sino también el público en general, con las excepciones previstas en .