Artículo 82. El Sistema Nacional de Atención a Víctimas estará integrado por las instituciones, entidades, organismos y demás participantes, aquí enumerados, incluyendo en su caso las instituciones homólogas en los ámbitos estatal y municipal:
- Poder Ejecutivo:
- La persona titular de la Presidencia de la República, quien lo presidirá;
Inciso reformado DOF
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia de la Conferencia Nacional de Gobernadores, y
Inciso reformado DOF
- La persona titular de la Secretaría de Gobernación.
Inciso reformado DOF
- La persona titular de la Presidencia de la República, quien lo presidirá;
- Poder Legislativo:
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados;
Inciso reformado DOF
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia del Senado de la República, y
Inciso reformado DOF
- Una persona integrante del poder legislativo de los estados y del Congreso de la Ciudad de México.
Inciso reformado DOF
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados;
- Poder Judicial:
- La persona titular de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal.
Inciso reformado DOF
- La persona titular de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal.
- Organismos Públicos:
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y
Inciso reformado DOF
- Una persona representante de organismos públicos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas.
Inciso reformado DOF ,
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y
- La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y una persona representante de las comisiones ejecutivas locales.
Fracción reformada DOF
Artículo reformado DOF