Ley [LGV]

Articulo décimo tercero

Ley General De Víctimas

TRANSITORIOS

décimo tercero..- Las funciones de la defensoría en materia de víctimas que le han sido asignadas a los Defensores Públicos Federales por la , serán asumidas por la Asesoría Jurídica Federal a partir de la entrada en vigor de la .

Citado por 0 leyes