Ley [LOPJF]

Articulo 142

Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

Las resoluciones deberán estar debidamente fundadas y motivadas, exponiendo la valoración de las pruebas, la calificación de la conducta probada, la individualización de la sanción y, de ser el caso, la posible reparación del daño.

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