Ley [LOPJF]

Articulo 211

Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

Cada uno de los circuitos a que se refiere el artículo anterior comprenderá los distritos judiciales cuyo número y límites territoriales determine el Órgano de Administración Judicial mediante acuerdos generales.

Citado por 0 leyes