Ley [LOPJF]
Articulo 22
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
Las y los Magistrados listarán los asuntos con tres días de anticipación cuando menos, y se resolverán en su orden. Los proyectos desechados o retirados para mejor estudio deberán discutirse en un plazo menor a quince días, no pudiendo retirarse un mismo asunto por más de una vez.