Ley [LOPJF]

Articulo 245

Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

En términos de la fracción XV, del artículo de , la , cuidará que las publicaciones del Semanario Judicial de la Federación se realicen con oportunidad y llevará a cabo todas aquellas tareas que fueren necesarias para la adecuada difusión de las tesis y jurisprudencias que hubieren emitido los órganos competentes del Poder Judicial de la Federación.

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