Ley [LOPJF]

Articulo 279

Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

Las responsabilidades de todas las personas servidoras públicas del Tribunal Electoral se regirán por lo establecido en la y, particularmente, por el Título Octavo de , así como por las disposiciones especiales del presente Título, conforme a los órganos auxiliares que se definan en el reglamento o acuerdos generales que al efecto se emitan.

Los Magistrados y Magistradas de la Sala Superior y de las Salas Regionales del Tribunal Electoral sólo podrán ser removidos o removidas de sus cargos en los términos de los artículos y del Título Cuarto de la .

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