Ley [LOPJF]
Articulo 295
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
Los Magistrados y las Magistradas electorales rendirán la protesta ante el Senado de la República.
Los secretarios y secretarias y empleados y empleadas de la Sala Superior rendirán su protesta ante el Presidente o la Presidenta del Tribunal Electoral.
Las demás personas servidoras públicas y empleadas rendirán la protesta ante el Presidente o la Presidenta de la Sala a la que estén adscritos o adscritas.
En todos los casos, la protesta se prestará en los términos señalados en el artículo de .