Ley [LOPJF]
Articulo 297
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
Serán consideradas de confianza las personas servidoras públicas y personas empleadas del Tribunal Electoral adscritas a las oficinas de los Magistrados y Magistradas y aquellas personas que tengan la misma categoría o una similar a las señaladas en los artículos y de , respectivamente. Todas y todos los demás serán considerados de base.