Ley [LOPJF]

Articulo 303

Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

La Secretaría Técnica del Fondo tendrá las obligaciones siguientes:

  1. Llevar la documentación relativa;
  2. Elaborar los informes periódicos sobre la situación contable y financiera que guarde el Fondo;
  3. Proponer con cargo a los rendimientos del Fondo las erogaciones y gastos necesarios para el mejoramiento de la administración de justicia, y
  4. Las demás que señale el Comité.
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