Ley [LOPJF]

Articulo 50

Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

Cuando la solicitud de autorización de intervención de comunicaciones privadas se solicite por la o el titular del Ministerio Público de las entidades federativas, será otorgada de conformidad con lo previsto en el , la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro o la , incluyendo todos aquellos delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa en los términos del artículo de la , de acuerdo a su legislación.

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