Ley [LOPJF]
Articulo 50
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
Cuando la solicitud de autorización de intervención de comunicaciones privadas se solicite por la o el titular del Ministerio Público de las entidades federativas, será otorgada de conformidad con lo previsto en el , la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro o la , incluyendo todos aquellos delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa en los términos del artículo de la , de acuerdo a su legislación.