Ley [LOPJF]
Articulo 61
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
Por órganos jurisdiccionales, a que se refiere este Título, se entenderá:
- Como tribunal de alzada, a las y los Magistrados del Tribunal Colegiado de Apelación con competencia especializada en el sistema penal acusatorio, y
- Como Juez o Jueza de control y tribunal de enjuiciamiento, la o el Juez de Distrito especializado en el sistema penal acusatorio.