Ley [LOPJF]

Articulo 70

Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

El Órgano de Administración Judicial contará con independencia técnica y de gestión, tendrá a su cargo la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación, y velará por su buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad.

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